Cobertura de Rotura de lunas ¿Qué cubre y qué no? - Coche
Aquí encontrarás que cubre la cobertura de rotura de lunas del seguro de coche.
¿Qué cubre la cobertura de Rotura de Lunas?
Los gastos de reposición o sustitución por rotura fortuita exclusivamente de:
- Parabrisas delantero.
- Luneta trasera.
- Cristales de las ventanillas laterales.
- Techo solar y/o techo panorámico, exclusivamente cuando hayan sido montados en el vehículo antes de su salida de fábrica o consten declarados como accesorio.
¿Qué no cubre la cobertura de Rotura de Lunas?
Daños al VEHÍCULO ASEGURADO:
- Causados por los objetos transportados o con motivo de la carga y descarga de los mismos.
- Causados por fenómenos sísmicos o térmicos.
- Que afecten a los remolques y/o caravanas que eventualmente pudiera remolcar.
- Los producidos a cristales, plásticos, metacrilatos, ópticas, tulipas, espejos interiores y exteriores, así como a cualquier otra superfície acristalada del vehículo no incluida entre las explícitamente declaradas como cubiertas por esta garantía.
- Los simples arañazos, raspaduras, desconchados y otros deterioros de la superfície.
- Las roturas ocasionadas por instalaciones o colocaciones defectuosas, o las producidas durante los trabajos de reparación instalación o reforma del VEHÍCULO ASEGURADO.
La disminución del valor de venta que pueda sufrir el vehículo como consecuencia de la reparación después de un siniestro.