Conoce qué cubre y qué no esta cobertura.
¿Qué cubre?
El Asegurado tendrá derecho a recibir una compensación económica siempre que padezca de gastos derivados de:
- La localización y reparación de fugas o averías que produzcan daños directos en la vivienda (continente) o en su mobiliario (contenido).
- Desatasco de tuberías, cuando haya daños al continente o contenido asegurado.
- Expresamente, se incluye la reparación, ajuste y sellado de aparatos sanitarios y sus accesorios.
Valores asegurados:
- Continente: 100% de la suma asegurada (ver Condiciones Particulares)
- Contenido: 100% de la suma asegurada (ver Condiciones Particulares)
- 1 siniestro por año
¿Qué no cubre?
Además de las Exclusiones Generales, se excluyen de esta cobertura:
a) Conducciones que no sean fijas y privativas de la vivienda asegurada.
b) La reparación de las bajantes y red comunitaria del edificio, no privativas de la vivienda asegurada.
c) Los gastos de localización, reparación o reposición de electrodomésticos, equipos de climatización y aire acondicionado, calentadores y calderas de agua.
d) La reparación por congelación de tuberías, conducciones o depósitos.
e) La reparación o ajuste de grifos, llaves de paso, juntas, manguitos, mecanismos de fontanería.
f) La localización y reparación de la avería procedente de piscinas, pozos, sumideros o fosas sépticas.
g) La localización y reparación de fugas o averías que no produzcan daños o no hayan producido todavía daños directos en la vivienda (continente) o en su mobiliario (contenido).