Te contamos qué mascotas cubre este seguro y cuáles no, y qué necesitas para asegurarlas
Los animales que no sean considerados estrictamente animales de compañía:
- Los perros considerados como razas peligrosas, según lo establecido en la ley 50/1999 de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y con el Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo que desarrolla dicha ley.
- También quedan excluidos los perros de las razas siguientes: Tibetan Mastiff, Canary Mastiff, American Akita, Bullmastiff, Boxer, Neapolitan Mastiff, Brazilian Mastiff, Spanish Bulldog, Rottweiler, American Bully, Bordeaux Mastiff, Majorca Mastiff, English Bull Terrier, English Bull Terrier Miniature, Japanese Akita, American Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, Sharpei, Dogo Argentino, Tosa Inu, Dobermann y American Staffordshire Terrier.
- Caballos y animales de carga, animales de especies venenosas, los protegidos por la ley
y los de comercio prohibido. - Animales pertenecientes a explotaciones agropecuarias y ganaderas dedicados al
pastoreo, la casa mayor, o animales domésticos que tengas en tu poder con
fines comerciales, actividades deportivas, actividades profesionales de vigilancia y/o
seguridad ni otras actividades análogas.
¿Qué necesito para poder asegurar a mi mascota?
- Tus datos principales: Nombre, apellidos, dirección, DNI/NIE y poco más.
- Los datos sobre tu mascota: Nombre, raza, sexo, fecha de nacimiento y número de microchip (te contamos como saber su número aquí).
Para cualquier consulta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y te ayudaremos en todo lo que necesites 😊.