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¿Cuáles son las exclusiones generales del seguro de Cleverea?

Exclusiones generales del seguro para bici o patinete de Cleverea

  • Los siniestros causados de forma intencionada por el asegurado, salvo que haya sido ocasionados en estado de necesidad.
  • La participación en apuestas, desafíos, carreras, concursos y pruebas preparatorias de los mismos.
  • Los accidentes ocurridos como consecuencia de haberse infringido las disposiciones reglamentarias en cuanto a requisitos y número de personas transportadas, peso o medida de las cosas o animales que pudieran transportarse o forma de acondicionarlas.
  • Los hechos que tengan la consideración legal de extraordinarios y los daños derivados de guerra civil o internacional, actuaciones tumultuarias en reuniones, manifestaciones o huelgas y hechos declarados por el Gobierno como catástrofe o calamidad nacional.
  • Los daños causados con ocasión de que el VMP o bicicleta asegurada haya sido robada, entendiéndose como tal, exclusivamente, las conductas tipificadas como robo y robo de uso en el Código Penal, sin perjuicio de la cobertura que pudiera corresponder al Consorcio de Compensación de Seguros y a la garantía de robo si estuviera contratada.
  • Los accidentes y daños ocurridos cuando el conductor esté en estado de embriaguez o bajo la influencia de las drogas, tóxicos o estupefacientes, o si el conductor se ha negado a someterse a una prueba de narcóticos o de alcohol en sangre.
  • Daños sufridos por una persona distinta del asegurado mencionado en las Condiciones Particulares, o de los Conductores mencionados en el Apéndice “Conductores”.
  • Daños ocasionados a la mercancía y objetos transportados por el VMP / Bicicleta asegurado.
  • Multas y costes relacionados.
  • Accidentes o pérdidas causados o incurridos durante el uso de una bicicleta con una potencia superior a 250 W o con una velocidad máxima superior a 25 km/h, o durante el uso de un VMP con una velocidad máxima superior a 25 km / h.
  • Accidentes o pérdidas causados o incurridos como consecuencia del uso de la VMP o la bicicleta que no sea un transporte personal, incluidas, entre otras, actividades profesionales y competiciones deportivas, así como cualquier uso inadecuado de la VMP / bicicleta (es decir: no usar la VMP / bicicleta para el propósito para el que fue diseñada).
  • La mala conducta intencionada del asegurado.
  • Daños causados o agravados por el transporte por el VMP / Bicicleta asegurado de sustancias inflamables, explosivas, corrosivas u oxidantes.
  • Daños o agravamiento de los daños causados por armas o dispositivos destinados a explotar por modificación de la estructura del núcleo del átomo o por cualquier combustible nuclear, producto radiactivo o residuo, o por cualquier otra fuente de radiación ionizante, y de los que recae la responsabilidad exclusiva de un operador de instalación nuclear.
  • Explosiones provocadas por dinamita u otros explosivos similares transportados en el VMP / Bicicleta asegurado.
  • Daño o agravamiento del daño causado por el amianto y sus derivados.
  • VMP / Bicicleta utilizada para el transporte público de mercancías, materiales o pasajeros.
  • Todas las pérdidas cubiertas por el Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Cualquier accidente, pérdida o reclamación cubierta bajo el Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio en Vehículos de Motor.
  • Si el vehículo es utilizado para uso profesional no podrá estar asegurado.