Cobertura de rotura de lunas - Coche
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Cobertura de Rotura de lunas ¿Qué cubre y qué no? - Coche

Aquí encontrarás que cubre la cobertura de rotura de lunas del seguro de coche.

¿Qué cubre la cobertura de Rotura de Lunas? 

Los gastos de reposición o sustitución por rotura fortuita exclusivamente de:

  • Parabrisas delantero.
  • Luneta trasera.
  • Cristales de las ventanillas laterales.
  • Techo solar y/o techo panorámico, exclusivamente cuando hayan sido montados en el vehículo antes de su salida de fábrica o consten declarados como accesorio.

¿Qué no cubre la cobertura de Rotura de Lunas? 

Daños al VEHÍCULO ASEGURADO:

  • Causados por los objetos transportados o con motivo de la carga y descarga de los mismos.
  • Causados por fenómenos sísmicos o térmicos.
  • Que afecten a los remolques y/o caravanas que eventualmente pudiera remolcar.
  • Los producidos a cristales, plásticos, metacrilatos, ópticas, tulipas, espejos interiores y exteriores, así como a cualquier otra superfície acristalada del vehículo no incluida entre las explícitamente declaradas como cubiertas por esta garantía.
  • Los simples arañazos, raspaduras, desconchados y otros deterioros de la superfície.
  • Las roturas ocasionadas por instalaciones o colocaciones defectuosas, o las producidas durante los trabajos de reparación instalación o reforma del VEHÍCULO ASEGURADO.

La disminución del valor de venta que pueda sufrir el vehículo como consecuencia de la reparación después de un siniestro.