Aquí encontrarás los detalles de qué está cubierto en la cobertura de reclamación de daños.
¿Qué está cubierto en la cobertura de reclamación de daños?
- Reclamación de daños corporales:
- CLEVEREA ejercitará la reclamación frente a terceros responsables, de las indemnizaciones debidas al asegurado, y a sus familiares ya sean herederos o perjudicados, en los casos de muerte o lesiones sufridas en accidente de circulación.
- Reclamación de daños materiales:
- Frente a terceros responsables de la indemnización de los daños causados al vehículo asegurado, como consecuencia de un accidente de circulación.
- A instancia del tomador del seguro, de los daños materiales en las cosas transportadas en el vehículo asegurado, así como de los daños y objetos personales y cosas que lleve consigo, como consecuencia de accidente de circulación.
- La cobertura se extiende a cualquier tipo de accidente ajeno a la circulación, cuando tenga relación directa con el vehículo asegurado y siempre que no exista relación contractual entre el asegurado y el responsable de los daños.
¿Qué no está cubierto en la cobertura de reclamación de daños?
En Cleverea somos 100% transparentes, por lo tanto, aquí encontrarás lo que no cubre nuestra cobertura de reclamación de daños.