Cobertura de defensa jurídica - Coche
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Cobertura de defensa jurídica ¿Qué cubre y qué no? - Coche

Aquí tienes el detalle de todo lo que cubre la cobertura de defensa jurídica de Cleverea.

¿Qué está cubierto en la cobertura de defensa jurídica?

  • La defensa jurídica por Abogados y Procuradores designados por Cleverea, en procedimientos penales que se sigan contra él mismo en caso de ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN con el VEHÍCULO ASEGURADO originado por imprudencia, impericia o negligencia.
  • Sin perjuicio de ello el ASEGURADO tiene la opción de designar Abogados y Procuradores que le representen en un procedimiento para la defensa penal, en aquellos casos en los que la participación de los mismos sea necesaria para la correcta defensa de sus intereses. El ASEGURADO comunicará la libre designación de Abogados y Procuradores por escrito a Cleverea siendo de aplicación el resto de condiciones que se describen en el presente documento.
  • La constitución de la fianza que corresponda cuando en las causas de Responsabilidad Criminal, ésta se exija para obtener su libertad provisional o para garantizar las costas procesales de carácter penal y el pago de los peritajes necesarios, con motivo de un accidente cubierto en la presente PÓLIZA.

Tienen la condición de Asegurado a efectos de esta cobertura el Propietario, el Tomador y el Conductor del vehículo en el momento del siniestro.

 

¿Qué no está cubierto en la cobertura de defensa jurídica?

En Cleverea somos 100% transparentes, por lo tanto, aquí encontrarás lo que no cubre nuestra cobertura de defensa jurídica.

Además de las exclusiones generales de las garantías voluntarias, quedan excluidas de la presente garantía:

  • Las multas o sanciones impuestas por las autoridades administrativas y/o judiciales.
  • Las fianzas y defensa judicial con origen en siniestros no cubiertos por la Responsabilidad Civil tanto Obligatoria como Voluntaria cubierta por la presente póliza.